RECORRIDOS DE EVACUACIÓN Y LAS COMUNIDADES

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Llevaba tiempo buscando un hueco para este tema, ya que es preocupante como se va extendiendo esta mala práctica, os preguntaréis de que hablo, ¿no?, pues entremos en materia, pero por partes. Primero con la teoría y luego con la práctica.

Comenzaré definiendo una serie de conceptos, según el CTE en su Anejo SI A sobre terminología, dice:

Recorrido de evacuación, es el recorrido que conduce desde un origen de evacuación hasta una salida de planta, situada en la misma planta considerada o en otra, o hasta una salida de edificio. Conforme a ello, una vez alcanzada una
salida de planta, la longitud del recorrido posterior no computa a efectos del cumplimiento de los límites a los recorridos de evacuación.

Escalera especialmente protegida, es aquella escalera que reúne las condiciones de escalera protegida y que además dispone de un vestíbulo de independencia diferente en cada uno de sus accesos desde cada planta. La existencia de dicho vestíbulo de independencia no es necesaria cuando se trate de una escalera abierta al exterior, ni en la planta de salida del edificio, cuando se trate de una escalera para evacuación ascendente, pudiendo la escalera en dicha planta carecer de compartimentación.


Creo ,o espero, que con estas dos definiciones y el gráfico anteriormente expuesto, todos comprendáis por donde quiero ir. Adelantar que evidentemente hay más combinaciones y posibilidades, pero no voy a exponer todas, sólo una de las más comunes.

También podríamos discutir si la puerta de salida del recinto o sector de incendio (en el caso que os expongo es un garaje), forma parte o no del recorrido de evacuación, ya que el CTE en la definición de recorrido de evacuación dice "recorrido que conduce desde un origen de evacuación hasta una salida de planta", y claro se puede considerar salida el punto junto a la puerta excluyendo la misma del recorrido y por lo tanto dicha puerta no tendría que cumplir con la exigencia. Pero la sección del DB SI 3, en su apartado 6, en la que se dice:

6 Puertas situadas en recorridos de evacuación
1 Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo. Las anteriores condiciones no son aplicables cuando se trate de puertas automáticas

Además, puntualizan lo siguiente;

Bloqueo de puertas de salida de aparcamientos de edificios de vivienda
En la apertura de las puertas de salida del aparcamiento de un edificio de viviendas no puede actuar ningún tipo de bloqueo (llave, clave, tarjeta magnética, etc.), dado que la actividad en el aparcamiento de un edificio de viviendas no tiene horario y puede ser utilizado en cualquier momento.

Como conclusión, para mi está claro, las puertas que se encuentren en el recorrido de evacuación (formen parte de él o no), deben ser de fácil apertura, y usar llave no es un sistema de fácil apertura.

Y además así lo corroboran desde el Ministerio;


¿Por qué puntualizo esto?, pues han proliferado entre las comunidades de vecinos instalar cerraduras con llave en dichas puertas, es decir, en las puertas que sirven de evacuación y salida en caso de incendio. Dichas puertas en aplicación del CTE DB SI, NO pueden, o mejor dicho, "NO deben" tener cerraduras en el sentido de evacuación (de garaje hacia escalera). Sí podríamos tener llave en sentido contrario ya que "habitualmente" no existen recorridos de evacuación hacia el garaje, aunque personalmente tampoco soy partidario, pero ya es una visión personal.

La intención de las comunidades al instalar estas cerraduras, es la de evitar posibles robos en los domicilios particulares, y es entendible, pero por contra están poniendo en riesgo la vida de los usuarios del garaje, que en caso de incendio podrían quedar atrapados. No olvidemos que los nervios juegan malas pasadas y buscar una llaves cuando te está ardiendo el "culo", no es fácil.

Para muestra os dejo una fotos de un caso que conozco personalmente, en un edificio de reciente construcción, en el cuál la comunidad acometió dicha reforma por cuenta propia.





Como se puede observar en las fotos, es necesario usar la llave tanto para entrar como para salir del garaje, a pesar de ser recorrido de evacuación.

Mucha gente dirá, "con nuestra puerta hacemos lo que queremos", pero esto no es una realidad, ya que se arriesgan a multas o incluso problemas con el seguro en caso de incendio.

Esto no ocurriría si los edificios estuviesen sujetos a inspecciones periódicas y por sorpresa, pero tristemente esto no ocurre. Mientras tanto sólo nos queda supeditarnos a las locuras de las comunidades.

A continuación podéis leer una queja de los bomberos de Aragón sobre este tema.


Hasta la próxima, con más y mejor.






5 comentarios :

  1. Hola, estoy totalmente de acuerdo en tu exposicion, pero me surge una duda.
    La segunda puerta que da acceso desde el vestibulo de independencia a la escalera podria tener cerradura?
    Gracias de antemano.

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  2. Hola, perdón por el retraso, mil perdones.

    La segunda puerta estaría en el mismo caso, si es recorrido de evacuación no puede. Piensa que la idea de un recorrido de evacuación es que se pueda usar, en caso de emergencia, fácilmente, y una cerradura no facilita las cosas.

    Un saludo, y gracias por visitarnos

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  3. Puntualización muy importante. Es muy común este tipo de ilegalidades peligrosas para los mismos habitantes del edificio. Talvez se habra hueco para un nuevo tipo de empresa que una el mantenimiento del edificio y la detención de estas irregularidades

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  4. Muy buen artículo y totalmente de acuerdo, no paro de ver y quejarme de este suceso. Una consulta, he llegado aquí por vuestra imagen del vestíbulo con el 1,20m. Si salimos de un garaje en planta baja a un portal, y de ahí a la calle, ese vestíbulo podría tener solo 50cm entre barridos de puertas? o es necesario el 1,20m, dónde se especifica eso. GRACIAS!

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  5. Buenos días. Tengo una pregunta para la cual no he conseguido hallar respuesta y a pesar de una larga búsqueda en Internet.

    Mi pregunta versa sobre adecuación de comunicación entre dos zonas en un edificio de apartamentos.
    El Edificio dispone de 28 viviendas con 28 aparcamientos.
    Actualmente la comunicación entre la zona de aparcamientos y el rellano escalera y ascensor está separada por una sola puerta.
    Queremos hacer obra de adecuación y necesitamos información.
    En cierta ocasión me comentaron que, la normativa nos obliga a instalar un vestíbulo de independencia que separe la zona de garaje del rellano de la planta baja. O sea un sas o compuerta.

    ¿Puede indicar si esta normativa es cierta?

    Gracias de antemano por su diligencia.

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